Sareb recibe la condición de entidad colaboradora para mantener la subsidiación de préstamos para VPO02/08/2013

El Consejo de Ministros aprobó el viernes 2 de agosto un Real Decreto-Ley que otorga a Sareb la condición de entidad colaboradora en materia de financiación de Vivienda Protegida para que los préstamos convenidos que le han sido transmitidos puedan mantener las ayudas estatales vinculadas.

Según el texto aprobado por el Gobierno, «estos préstamos no perderán la condición de convenidos como consecuencia de la operación de segregación y traspaso de activos a Sareb, y mantendrán este carácter aún en el caso de que ésta los ceda o transmita a cualquier entidad financiera colaboradora, con independencia del plan estatal de vivienda que les sea de aplicación».

En definitiva, los titulares de esos préstamos que tuvieran reconocida algún tipo de ayuda directa continuarán percibiéndola, y los adjudicatarios finales de las viviendas podrán acceder a ellas siempre que se subroguen en el préstamo promotor acogido a Convenio, cumpliendo los siguientes plazos y condiciones:

  1. La entidad financiera colaboradora deberá remitir al Ministerio de Fomento, en el plazo de 30 días hábiles desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, la solicitud de conformidad a la subrogación en el préstamo del promotor, junto con la documentación requerida a tal efecto, lo que habrá de constar en el registro de entrada de dicho Ministerio.
  2. El beneficiario deberá formalizar el préstamo en el plazo máximo de dos meses desde dicha conformidad.

Más información en el BOE y en la web del Ministerio de Fomento